I. ORGANIZADOR Y OBJETO
El presente reglamento establece los términos y condiciones que regirán la actividad promocional denominada "Sorteo Colombia Tour" (en adelante, el "Sorteo"), organizado por JEAN PIERRE SANCHEZ MOSQUERA, pasaporte BD203480, con domicilio en SAN JOSE, COSTA RICA (en adelante, el "Organizador").
La participación en este Sorteo implica el conocimiento y aceptación total de este reglamento.
II. VIGENCIA Y ÁMBITO TERRITORIAL
- Inicio: 15 de diciembre de 2025.
- Cierre de ventas: 15 de marzo de 2026.
- Fecha del Sorteo: 15 de marzo de 2026.
- Ámbito: Válido dentro del territorio de la República de Costa Rica.
III. ELEGIBILIDAD Y PARTICIPANTES
Podrán participar personas nacionales o extranjeras, sin restricción de edad, que cumplan con la mecánica de compra.
Participación de Menores: En caso de que el ganador sea una persona menor de edad, el premio deberá ser reclamado y gestionado por su padre, madre o tutor legal debidamente acreditado. Para el disfrute del premio mayor (Viaje), el menor deberá contar con los permisos de salida del país correspondientes; el Organizador no se hace responsable por trámites migratorios denegados.
IV. MECÁNICA DE PARTICIPACIÓN
- Adquisición: El participante adquiere un tiquete digital/acción numerada mediante compra directa.
- Medio de Pago: El pago se realizará exclusivamente vía SINPE Móvil al número oficial: 83484468 a nombre de Kenny Spence Murrell.
- Validación: Para que la participación sea válida, el usuario deberá agregar su nombre legal completo, el número de SINPE desde el que se hará el pago del tiquete y su correo electrónico. El ganador deberá enviar el comprobante de la transacción al +50683484468 indicando su nombre completo y número de cédula. El Organizador confirmará el número asignado.
V. DINÁMICA DEL SORTEO
- Selección del Ganador: El sorteo se realizará mediante un software digital aleatorio (Random Number Generator) certificado o de uso público, el cual seleccionará el número ganador al azar.
- Transmisión: El sorteo será grabado/transmitido en vivo a través de INSTAGRAM/FACEBOOK/TIKTOK de la cuenta oficial.
- Ausencia de Ganador: Si el número seleccionado por el software corresponde a un tiquete no vendido o no pagado, se procederá a repetir el sorteo inmediatamente (generar un nuevo número aleatorio) en el mismo acto, tantas veces como sea necesario hasta obtener un ganador válido.
VI. PREMIOS
Se establecen dos (2) premios únicos e indivisibles:
1. PRIMER LUGAR (Premio Mayor): Paquete de viaje a Colombia para dos personas (Ganador + Acompañante) + Procedimiento Estético.
Incluye:
- Tiquetes aéreos ida y vuelta (San José, CR - Colombia).
- Hospedaje por 3 noches.
- Viáticos para alimentación y transporte interno (monto estipulado por el Organizador).
- Diseño de Sonrisa completo para 1 persona.
Condiciones del Viaje: El viaje debe programarse en temporada baja y está sujeto a disponibilidad. El premio es transferible a un tercero, previa notificación por escrito al Organizador con al menos 30 días de antelación al viaje.
2. SEGUNDO LUGAR:
- Cupón de consumo en el Restaurante BUBALU.
- Valor: ₡100.000 (Cien mil colones costarricenses).
- Condiciones: Válido para canje según las políticas internas del restaurante. No canjeable por dinero en efectivo.
VII. RECLAMO DE PREMIOS
- El ganador será contactado vía telefónica/WhatsApp según los datos registrados al comprar.
- Dispondrá de 5 días hábiles para responder y coordinar la entrega. Si no aparece en este lapso, perderá el derecho al premio y el Organizador se reserva el derecho de disponer del mismo o volver a sortearlo.
- El Organizador no cubre gastos de pasaporte, visas, seguros de viaje adicionales ni trámites migratorios.
VIII. RESPONSABILIDAD Y EXONERACIÓN
El Organizador se compromete a entregar los premios descritos. Sin embargo, no asume responsabilidad por accidentes, enfermedades, cancelaciones de vuelos por parte de aerolíneas, cierres de fronteras o situaciones de fuerza mayor que ocurran durante el disfrute del viaje.
El procedimiento estético (diseño de sonrisa) es responsabilidad exclusiva de la clínica proveedora. El Organizador actúa únicamente como facilitador del pago de dicho servicio y no responde por resultados médicos o insatisfacción estética.
IX. PROTECCIÓN DE DATOS
Los datos personales recolectados serán utilizados únicamente para la gestión del sorteo y comunicación con los participantes, en cumplimiento con la Ley de Protección de la Persona frente al Tratamiento de sus Datos Personales (Ley N.º 8968).
X. MODIFICACIONES
El Organizador se reserva el derecho de modificar fechas o detalles no esenciales del sorteo por razones de fuerza mayor, comunicándolo oportunamente en sus canales oficiales.